Los docentes interinos desde antes de 2016 podrán tener plaza fija sin necesidad de opositar
Por primera vez en España los profesores interinos de larga duración, que hayan ocupado su plaza con anterioridad al 1 de enero de 2016, podrán tener una plaza fija sin necesidad de oposición, sino simplemente a través de un concurso de méritos. Así lo aprobó este martes el Consejo de Ministros en un real decreto que cambia el acceso a la función pública y establece hasta tres vías diferentes para convertirse en funcionarios de Educación: el concurso excepcional de méritos para los interinos de larga duración, una oposición no eliminatoria (diferente a la actual) y otra eliminatoria en las mismas condiciones que las tradicionales.
El concurso de méritos, sin examen de por medio, será solo una convocatoria que el Gobierno aragonés deberá hacer antes de 2024. Los candidatos podrán acumular un máximo de 15 puntos: la experiencia contará un máximo de 7 (primándose que sea en la misma especialidad a la que se opta), la formación académica tres puntos y otros méritos hasta cinco.
El Gobierno ha hecho a última hora un cambio sustancial en este proceso que regirá en los ejercicios de 2023 y 2024 que no ha gustado a los sindicatos. Inicialmente se iba a establecer un único nuevo modelo de oposición en el que los ejercicios no fueran eliminatorios, para dar así más facilidades a los aspirantes. Sin embargo, tras una observación esencial del Consejo de Estado, se han establecido los dos tipos de oposiciones que, según los sindicatos, van a generar «caos» e «inseguridad jurídica». También critican que no ha habido negociación ni previo aviso.
La oposición no eliminatoria, diferente a la que hay ahora y más asequible, se dirige a los interinos de media duración, de entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2020, únicamente para las plazas de estabilización. Tendrá una sola prueba estructurada en dos partes, un tema y la presentación de una unidad didáctica de la especialidad, que no serán excluyentes. Si el candidato suspende la primera podrá presentarse a la segunda (algo imposible en el examen tradicional) y habrá una nota global de los dos apartados. La calificación final debe ser al menos de 5. Además, se tiene más en cuenta la experiencia, que pasa a contar un 40% (frente al 33% actual) de la puntuación final, lo que favorece a los interinos más veteranos. También habrá una prueba práctica obligatoria para especialidades de FP, y a elección de las administraciones educativas para las restantes especialidades.
Con este planteamiento, las oposiciones tal como se conocen ahora, más duras, quedan solo para las plazas de reposición (destinadas a cubrir fundamentalmente a los que se jubilan) y de nueva creación. Son las únicas a las que podrán concurrir los nuevos docentes. El aspirante que suspende la parte de conocimiento no puede presentarse a la oral y exige también presentar una programación.
CSIF, UGT y CC.OO. han lamentado que se distingan así los puestos de estabilización de los de reposición. Si se convocan en distintas fechas el proceso puede alargarse meses y si se hacen en paralelo, los candidatos solo podrán presentarse a una.
El objetivo con estos cambios en el acceso a la docencia pública es alcanzar el 8% de interinidad en tres años. En España se sitúa en el 23% y en Aragón, según CSIF, llegó al 27% con los refuerzos covid. Los sindicatos esperan conocer próximamente las plazas que la DGA sacará por concurso de méritos y de reposición.
Fuente: www.heraldo.es