Así va controlar tu horario tu empresa a partir de mayo de 2019

La ley obliga a las empresa desde el próximo domingo a controlar el horario de sus empleados. La entrada y salida del puesto de trabajo deberá quedar registrada; de no hacerlo la empresa se arriesga a multas superiores a 6.000 euros.

¿Qué pretende el Gobierno con el registro obligatorio de jornada?

El Ejecutivo argumenta que quiere luchar contra los abusos y conseguir que las empresas paguen todas las horas extraordinarias que realizan los trabajadores. Datos de CC.OO. apuntan a que tres millones de horas a la semana no se abonan ni con dinero ni con tiempo de descanso, lo que supone el 44% de todas las horas trabajadas.

¿Qué instrumentos tiene una empresa para controlar los horarios?

Hay varias y variadas fórmulas No hace falta una máquina de fichar, puede ser un sistema tecnológico o tradicional, incluso un método manual. Pero no hay excusas, todas las empresas deberán disponer desde domingo de un sistema de control para registrar la jornada laboral efectiva de sus empleados, en el que se refleje el horario de entrada y salida de cada uno de ellos.

¿Habrá alguna excepción atendiendo al tipo de trabajo?

La nueva normativa solo sienta una base legal, que debe ser desarrollada en los convenios colectivos de cada empresa atendiendo a las particularidades de cada compañía. Este fue uno de los mayores logros de la CEOE en las negociaciones que, sin embargo, provocó fuertes críticas desde los sindicatos. Las centrales consideran que los cambios dejan en manos exclusivas del empresario organizar y documentar este registro en empresas pequeñas.

¿Cuánto tiempo deberá la empresa guardar los registros?

La ley obliga a las empresas a conservar los registros horarios durante cuatro años y a ponerlos a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo, que estará vigilante para que se cumpla la norma, que modifica la ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

¿A qué se enfrentan las empresas incumplidoras?

El registro de la jornada será a partir de ahora uno de los motivos que, en caso de incumplimiento por parte de la empresa, acarrea una sanción grave. Las multas en este caso van desde 626 a 6.250 euros para las empresas y no serán individualizadas. Es decir, que en caso de que la Trabajo compruebe que se ha incumplido la normativa, aunque afecte a muchos trabajadores, impondrá solamente una multa.

¿Es España pionera en el control de la jornada?

No. Otros países ya lo hacen, pero en España se va a implantar uno de los sistemas más rígidos de control. Ya se hace en Reino Unido, Francia o Estados Unidos, pero con cierta flexibilidad. En Alemania o Bélgica, por ejemplo, no existe.

¿Cómo han recibido las empresas la nueva obligación?

Esta es una de las iniciativas legales que mayores recelos ha levantado en el mundo empresarial, por considerarla una nueva traba a la actividad, especialmente para pymes y autónomos, sin olvidar el sobrecoste que puede implicar la reclamación del pago de horas extra por parte de los trabajadores. «El registro horario colisiona con la nueva economía, donde muchos empleados ya trabajan por objetivos, es decir, sin control de presencia ni de ausencia», asegura Francisco Aranda, vicepresidente de CEIM-CEOE.

Fuente: www.abc.com

Compartir en: